Gestión tributaria con visión estratégica
Área Fiscal
En TAES entendemos que la fiscalidad empresarial no es solo una obligación, sino un factor decisivo para la estabilidad y el crecimiento. Prestamos asesoramiento en Albacete y Almansa con alcance en toda España.
Una planificación adecuada permite anticiparse a los cambios normativos, reducir la carga impositiva dentro de la legalidad y garantizar liquidez para afrontar inversiones o imprevistos.
Además, aporta previsibilidad financiera para tomar decisiones con menos riesgo.
Del diagnóstico a la ejecución.
Planificación fiscal integral
Estrategias adaptadas a sector, tamaño y proyección, con pre-cierres y simulaciones para anticipar el impacto tributario. Incluye optimización de inversiones y proyectos (deducciones, incentivos, amortizaciones) y un plan de acción con hitos y calendario. Añadimos enfoque en empresa familiar (protocolo, holding, planificación sucesoria) para blindar el relevo generacional.
Gestión y presentación de impuestos
IVA, IRPF, Impuesto sobre Sociedades, retenciones, impuestos especiales y tributos locales, con control de plazos y requerimientos. Reforzamos con IP, ISD y ITP-AJD, y revisamos consistencias entre modelos, dejando criterios documentados para futuras comprobaciones.
Inspecciones y procedimientos
Representación ante Hacienda con preparación de documentación, alegaciones y recursos. Valoramos riesgos y escenarios de cierre (conformidad, recurso, vía económico-administrativa) y, cuando procede, defensa ante TEAR/TEAC y jurisdicción contencioso-administrativa.
Operaciones especiales y reorganizaciones
Soporte fiscal en fusiones, adquisiciones, reestructuraciones y transmisiones, alineando la fiscalidad con lo contable y legal. Coordinamos due diligence, neutralidad/diferimientos, consolidación fiscal de grupos y convenios de doble imposición, con informes para notaría, registro y auditoría.
Ventajas TAES en fiscalidad: coordinación, experiencia y resultados.
❖ Visión global coordinada con lo contable, laboral, legal y financiero para decisiones coherentes.
❖ Actualización constante ante reformas y criterios administrativos, con comunicación clara y ejecutiva.
Analizamos cada caso con lupa, conectando el hoy con los objetivos de mañana. Elaboramos un plan fiscal a medida con hitos, responsables y documentación soporte, para ejecutar la estrategia sin sobresaltos y con retorno medible. Si lo deseas, arrancamos con un pre-cierre que ponga cifras a las decisiones antes de mover ficha.
La normativa y los criterios cambian. Nosotros mantenemos un seguimiento activo y te avisamos con antelación de lo relevante; ajustamos modelos, preparamos escritos y actualizamos criterios internos. Con calendarios y alertas evitamos recargos y cerramos obligaciones a tiempo, mientras tú te centras en el negocio.
Dudas habituales en el Área Fiscal y cómo las resolvemos.
¿Cómo reducir legalmente la factura fiscal de mi empresa?
La clave es planificar antes del cierre: anticipar resultados, ajustar amortizaciones, revisar provisiones y aprovechar deducciones e incentivos aplicables (I+D, inversiones, contratación). Analizamos escenarios y preparamos un calendario fiscal con hitos, documentación y responsables para ejecutar la estrategia sin riesgos.
¿Qué hago si recibo una notificación o inspección de Hacienda?
Primero, no responder sin revisar. Reunimos documentación contable y fiscal, analizamos el alcance del requerimiento y definimos estrategia (alegaciones, aportaciones, recursos). Asumimos la representación, valoramos riesgos y escenarios de cierre y cuidamos la trazabilidad de criterios para reducir sanciones o recargos.
¿Qué gastos son deducibles en el Impuesto sobre Sociedades y cuáles suelen generar problemas?
Son deducibles los gastos correlacionados con los ingresos, contabilizados y justificados (factura, medio de pago, soporte). Dan problemas los gastos personales, multas, donativos o los mal documentados. Establecemos políticas de gasto y controles para minimizar ajustes en revisiones.
¿Cuánto tiempo debo conservar facturas, libros y documentación fiscal?
Regla general: 6 años por normativa mercantil y 4 años por prescripción tributaria (desde el día siguiente al fin del plazo de presentación). Recomendamos conservar 6 años y, en operaciones especiales (activos, inmovilizados, ayudas), ampliar archivo para evitar pérdidas de derecho a deducción o ajustes posteriores.


